Condiciones generales
Definiciones
Cliente
1) la persona física o jurídica que celebra el contrato (de encargo) con el contratista;
2) la persona física o jurídica que mediante un poder autoriza a un tercero a celebrar el contrato (de encargo) con el contratista.
Contratista
la persona física o jurídica que realiza la traducción del cliente.
Contrato (de encargo)
el contrato celebrado entre el contratista y el cliente con respecto al encargo.
Artículo 1 – Aplicación de las Condiciones
1.1 Estas Condiciones Generales se aplican a todas las ofertas y a todos los contratos que se celebren entre un cliente y Current Translations, miembro de la NGTV (en lo sucesivo: «el contratista»).
1.2 El contratista declara que las presentes Condiciones son aplicables a todas las ofertas y a todos los contratos que celebre con un cliente.
1.3 Para realizar el encargo, el contratista podrá emplear al propio personal y a terceros, actuando en ello con el debido cuidado.
1.4 Si en algún momento una o más cláusulas de estas Condiciones Generales fueran total o parcialmente nulas o pudieran ser anuladas, las demás Condiciones Generales seguirán no obstante en vigor. En tal caso, el contratista y el cliente concertarán nuevas cláusulas en substitución de las nulas o anuladas, respetando en lo posible el objeto y el espíritu de las cláusulas originales.
1.5 Si existieran dudas o discrepancias sobre el sentido de una o más cláusulas de estas Condiciones Generales, este sentido deberá buscarse en el espíritu de las cláusulas mismas.
1.6 Si entre las partes surgiera una situación no prevista en estas Condiciones Generales, la situación deberá juzgarse en el espíritu de estas Condiciones Generales.
1.7 Si en algún caso el contratista no exigiera el cumplimiento estricto de estas Condiciones Generales, esto no significa que éstas no sean ya aplicables, y el contratista tampoco pierde por ello de manera alguna el derecho a requerir el cumplimiento puntual de las cláusulas de estas Condiciones Generales en otros casos.
Artículo 2 – Ofertas, perfección del contrato
2.1 Todas las ofertas y todos los presupuestos del contratista no serán vinculantes.
2.2 El contrato se formalizará mediante la aceptación por escrito de la oferta del contratista por parte del cliente, o mediante la aceptación por parte del contratista del encargo hecho por el cliente. El contratista se encargará de ofrecer una clara descripción de las especificaciones de entrega y del plazo o plazos dentro de los cuales debe disponer del material a suministrar por el cliente.
2.3 Si el contratista no ha podido ver el texto completo del encargo objeto de su oferta antes de transcurridos cinco días laborales desde la misma, el contratista podrá anular la oferta presentada y/o los plazos indicados, aunque el encargo o la oferta ya hayan sido aceptados. Esto también se aplicará en el caso de que los ficheros o documentos suministrados por el cliente no cumplan con las especificaciones de entrega mencionadas en el Artículo 2.2.
2.4 Si el cliente acepta la oferta presentada con alguna modificación de la misma, deberá hacerse una nueva oferta. Si no se presenta una nueva oferta, el contrato no se habrá perfeccionado.
2.5 Una oferta combinada no obligará al contratista a realizar una parte del encargo por una parte proporcional del precio indicado. Las ofertas presentadas en el pasado no son automáticamente aplicables a nuevos encargos.
2.6 No podrá exigirse que el contratista cumpla su oferta si ésta o sus componentes contienen una evidente equivocación o un error de ortografía.
Artículo 3 – Modificación/anulación de encargos
3.1 Si tras la perfección del contrato el cliente introduce modificaciones en el encargo, el contratista tendrá derecho a modificar por su parte el plazo y/o los honorarios o a rechazar el encargo mismo.
3.2 Si el cliente anula un encargo, deberá pagar al contratista la parte del encargo ya realizada, así como una compensación, sobre la base de una tarifa por hora, por el trabajo de investigación y preparación ya realizado para cumplir la parte restante del encargo.
3.3 Si el contratista hubiera reservado tiempo para la realización de un encargo anulado y ya no puede utilizar dicho tiempo para otras tareas, el cliente estará obligado a indemnizar el 50% de los honorarios correspondientes a la parte no realizada del encargo.
Artículo 4 – Realización de encargos, obligación de guardar secreto
4.1 El contratista está obligado a realizar el encargo según su leal saber y entender y con una visión adecuada al objetivo especificado por el cliente.
4.2 El contratista tratará de forma estrictamente confidencial toda la información que el cliente ponga a su disposición. El contratista obligará a guardar secreto a los empleados y/o terceros que le asistan.
4.3 Salvo pacto explícito en contrario, el contratista tendrá derecho a dejar que un encargo (también) sea realizado por un tercero, sin perjuicio de su responsabilidad de que el encargo se realice con confidencialidad y correctamente.
4.4 El contratista y el cliente podrán acordar por escrito que el encargo se realice en distintas etapas y que la parte ya realizada se facture (cada vez) por separado.
4.5 Si el encargo se realiza en etapas, el contratista podrá aplazar la realización de las partes que pertenezcan a una etapa posterior, hasta que el cliente haya dado su aprobación por escrito a la parte ya realizada.
4.6 El contratista no responderá de la exactitud de los datos que le haya suministrado el cliente ni asumirá responsabilidad alguna por daños y perjuicios de cualquier tipo derivados del uso de los datos suministrados.
4.7 Si el cliente no cumple debidamente sus obligaciones frente al contratista, el cliente será responsable de todos los daños y perjuicios que directa o indirectamente se deriven de ello para el contratista.
4.8 Si para cumplir debidamente el contrato fuera necesario modificarlo o completarlo cuando éste ya se está ejecutando, las partes procederán a modificarlo oportunamente y de común acuerdo. En consecuencia, el precio originalmente acordado podrá aumentarse o reducirse. El contratista ofrecerá dentro de lo posible un presupuesto al respecto. Si el contrato se modifica, también podrá modificarse el plazo de realización originalmente pactado. El cliente acepta que el contrato puede ser modificado, incluidas la modificación del precio y la del plazo de realización.
Artículo 5 – Propiedad intelectual
5.1 Salvo pacto explícito por escrito en contrario, el contratista conservará los derechos de autor de las traducciones y demás textos elaborados por él.
5.2 Si durante la ejecución de un contrato el contratista adquiere conocimientos sobre determinados términos y conceptos, estará autorizado a utilizar éstos también en la ejecución de otros contratos o para otros fines, siempre que no viole con ello su obligación de guardar secreto frente al cliente.
5.3 El cliente exime al contratista de toda responsabilidad ante terceros por presuntas infracciones de derechos de patente, derechos de autor u otros derechos de propiedad (intelectual) en relación con la realización del contrato.
Artículo 6 – Rescisión
6.1 El contratista podrá rescindir el contrato total o parcialmente si el cliente no cumple con sus obligaciones, se halla en liquidación o solicita la suspensión de pagos, si se presenta una solicitud de concurso del cliente o si su empresa se paraliza o disuelve total o parcialmente.
6.2 Si tras la perfección del contrato resultara que la realización del encargo no es razonablemente posible y que esta imposibilidad es achacable a la información suministrada por el cliente, el contratista estará autorizado a rescindir el contrato o a facturar costes adicionales por los trabajos que se aparten de lo mencionado en la oferta. Lo mismo será también de aplicación si al ejecutar el contrato resulta que la información suministrada por el cliente al perfeccionar el contrato es de un carácter sustancialmente distinto del de la información idónea para ejecutar el contrato.
6.3 La rescisión del contrato referida en Artículo 6.1 y 6.2, no exime al cliente de su obligación de pago por el trabajo que el contratista ya haya realizado.
Artículo 7 – Reclamaciones y conflictos
7.1 El cliente deberá comunicarle al contratista, lo antes posible y por escrito, las quejas que pueda tener sobre el trabajo entregado, en todo caso dentro del plazo de diez días laborables computados desde la fecha de entrega. El hecho de formular una queja no eximirá al cliente de su obligación de pago.
7.2 Si la queja es fundada, el contratista corregirá o sustituirá lo entregado dentro de un plazo de tiempo razonable o, si no pudiera razonablemente hacerlo, el contratista ofrecerá una reducción del precio.
7.3 Si el cliente y el contratista no solucionan la queja en un plazo de tiempo razonable, el conflicto deberá someterse a la Comisión de Conflictos y Disciplina de la NGTV antes de pasados dos meses desde la fecha en que se evidenció que no llegarían a una solución. En ese caso, el conflicto se resolverá de acuerdo con el Reglamento de Conflictos de la NGTV. Si no se recurre a la Comisión de Conflictos y Disciplina de la NGTV, tampoco se podrá recurrir al Juez de lo civil (véase el Artículo 12.3 de estas Condiciones).
7.4 El derecho de reclamación del cliente vencerá si éste altera o hace alterar lo entregado sin el consentimiento por escrito del contratista y seguidamente publica o hace imprimir la versión alterada.
7.5 Si la Comisión de Disciplina constata que la queja carece de fundamento, los gastos en los que haya incurrido el contratista, incluidos los gastos de trabajo de investigación, correrán por cuenta del cliente.
Artículo 8 – Plazo y momento de entrega
8.1 El plazo de entrega convenido es indicativo, salvo pacto explícito por escrito en contrario. Si el contratista se da cuenta de que no es posible hacer la entrega a tiempo, está obligado a informar al cliente sin dilación al respecto.
8.2 Si el plazo de entrega convenido se excede de forma imputable, el cliente tiene derecho a rescindir unilateralmente el contrato si no puede razonablemente esperar por más tiempo a que éste se cumpla.
8.3 La entrega se considerará realizada en el momento de efectuar ésta personalmente o de su envío por correo ordinario, telefax, mensajero o correo electrónico.
8.4 La entrega de datos por correo electrónico se considerará efectuada en el momento en que el envío sea confirmado por el mismo medio.
Artículo 9 – Honorarios y pago
9.1 En principio, los honorarios del contratista se basan en una tarifa por palabra. En ocasiones, los honorarios también pueden facturarse sobre la base de una tarifa por hora. Además de los honorarios, el contratista también podrá facturar al cliente los gastos relacionados con la realización del encargo.
9.2 Los honorarios estipulados no incluirán el IVA, salvo que se acuerde explícitamente otra cosa.
9.3 Aunque el contratista haya acordado unos honorarios fijos o un precio fijo con el cliente, el contratista podrá aumentar estos honorarios o precio si el aumento tiene su origen en un supuesto como el previsto en Artículo 4.8, en una facultad o una obligación en virtud de ley o reglamentación, en un aumento del precio de los sueldos, etc., o por otras razones que en el momento de perfeccionar el contrato no podían razonablemente preverse. En este caso, el cliente tendrá derecho a rescindir el contrato, a menos que las partes pacten nuevamente de común acuerdo unos honorarios fijos o un precio fijo.
9.4 Las facturas deberán abonarse en el plazo máximo de 14 días, a contar desde la fecha de facturación, y en la moneda en la cual ha sido extendida la factura. Transcurrido dicho plazo de 14 días, el cliente incurrirá inmediatamente en mora sin necesidad de requerimiento previo y deberá pagar los intereses legales sobre la cantidad facturada desde la fecha en que haya incurrido en mora hasta el momento del pago completo de la factura.
9.5 Si el cliente no cumple con su obligación, todos los gastos razonables realizados para obtener el cobro, tanto judicial como extrajudicialmente, correrán por cuenta del cliente. Los gastos extrajudiciales se calcularán según la práctica habitual de cobranza en los Países Bajos. Sobre los gastos de cobro adeudados también deberán pagarse los intereses (legales).
9.6 El cliente no está autorizado a compensar los importes que adeude al contratista. Las objeciones contra la cuantía de la factura no suspenden la obligación de pago.
Artículo 10 – Responsabilidades: liberación
10.1 El contratista únicamente será responsable de los daños que sean consecuencia directa y demostrable de una falta imputable al contratista. El contratista jamás será responsable de ninguna otra clase de daños, incluidos los de pérdidas de explotación, daños por retraso y beneficios dejados de obtener. En cualquier caso, su responsabilidad se limitará a un importe igual al valor de la factura del encargo correspondiente, excluido el IVA.
10.2 Si el contratista fuese responsable de cualquier daño, su responsabilidad se limitará a un importe igual al valor de la factura del encargo correspondiente, excluido el IVA.
10.3 La responsabilidad del contratista se limitará en todos los casos al importe que, en su caso, le pague su aseguradora.
10.4 El cliente exime de responsabilidad al contratista ante eventuales reclamaciones de terceros que sufran daños como consecuencia de la ejecución del contrato cuando causa de estos daños sea imputable a otra persona distinta del contratista. Asimismo, el cliente exima al contratista de cualquier responsabilidad por reclamaciones de terceros derivadas del uso de lo entregado, salvo que en virtud del presente Artículo exista responsabilidad del contratista.
Artículo 11 – Fuerza mayor
11.1 En estas Condiciones Generales se entenderá por fuerza mayor, además del sentido que le dan la ley y la jurisprudencia, todas las causas externas, previsibles o no previsibles, que impidan que el contratista cumpla sus obligaciones, sin que éste pueda ejercer influencia alguna sobre ellas. Sin ánimo de exhaustividad, el concepto de fuerza mayor incluirá las situaciones de incendio, accidente, enfermedad, huelga laboral, rebelión, guerra, medidas tomadas por las autoridades, interrupciones de larga duración de la corriente eléctrica, impedimentos de transporte y amenazas de terrorismo.
11.2 Las obligaciones del contratista quedarán suspendidas mientras dure la situación de fuerza mayor. Si por fuerza mayor el contratista no pudiera cumplir su obligación, ambas partes estarán facultadas para rescindir el contrato sin ninguna obligación de indemnización por daños y perjuicios. En cambio, para los trabajos ya realizados seguirá existiendo la obligación de pago del cliente. Si el cliente es un usuario final, la facultad de suspensión sólo será aplicable si ésta le corresponde en virtud de la ley.
11.3 Si en el momento de producirse la fuerza mayor el contratista ya hubiera cumplido parcialmente sus obligaciones, o sólo pudo cumplirlas parcialmente, éste tendrá derecho a facturar por separado el trabajo ya realizado y el cliente estará obligado a pagar esta factura como si se tratara de un contrato aparte.
Artículo 12 – Derecho aplicable, conflictos y juez competente
12.1 Las relaciones jurídicas entre el cliente y el contratista se regirán por el Derecho neerlandés.
12.2 Todos los conflictos relacionados con las presentes Condiciones Generales se someterán al juez competente de los Países Bajos.
12.3 Las partes no podrán recurrir al juez hasta que no se hayan realizado todos los esfuerzos posibles para resolver de común acuerdo el conflicto surgido.
Artículo 13 – Inscripción
13.1 El contratista se reserva el derecho de modificar o complementar estas Condiciones Generales. Las modificaciones de estas Condiciones Generales también serán aplicables a los contratos ya celebrados, con observancia de un plazo de 30 días a contar desde la notificación de las mismas al cliente. Si un cliente no deseara aceptar alguna modificación propuesta, podrá terminar el contrato, disponiendo para ello hasta la fecha en la cual entren en vigor las nuevas Condiciones Generales.
13.2 Para la interpretación de estas Condiciones Generales será siempre determinante el texto de su versión original en neerlandés.
13.3 Current Translations está inscrita en el Registro Mercantil de la Cámara de Comercio de Róterdam con el número 73645680.
